NOM-032-ENER-2013
Límites máximos de
potencia eléctrica para equipos y aparatos que demandan energía en espera.
Métodos de prueba y etiquetado.
Sabías que...
aparatos que tienes en tu casa como hornos de microondas, equipos
de audio, adaptadores de televisión digital, televisores,
impresoras, multifuncionales entre muchos otros siguen gastando electricidad
aun estando apagados
Por ello el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos elaboro la NOM-032-ENER-2013 que habla de los límites máximos de potencia que utilizan estos aparados estando en espera.
Por ello el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos elaboro la NOM-032-ENER-2013 que habla de los límites máximos de potencia que utilizan estos aparados estando en espera.
¿QUIEN LO EXPIDE?
ODÓN
DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Presidente del Comité
Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional
de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión
Nacional para el Uso Eficiente de la Energía,
¿EN QUE SE BASA?
De
conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización
¿QUIEN LO ELABORO?
El Comité Consultivo Nacional de Normalización
para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE),
con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y
empresas:
- Asociación de Normalización y Certificación, A.C.
- Asociación Nacional de Fabricantes de Aparatos Domésticos, A.C.
- Brother International de México, S.A. de C.V.
- Canon Mexicana, S. de R.L. de C.V.
- Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, A.C.
- Daewoo Electronics Corporation de México, S.A. de C.V.
- Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica
- Laboratorio ATC México, S.A. de C.V.
- Labotec México, S.C.
- LG Electronics México, S.A. de C.V.
- Normalización y Certificación Electrónica, S.C.
- Mabe, S.A. de C.V.
- Panasonic de México, S.A. de C.V.
- Samsung Electronics México, S.A. de C.V.
- Sony de México, S.A. de C.V.
- Whirlpool México, S.A. de C.V.
- Asociación de Normalización y Certificación, A.C.
- Asociación Nacional de Fabricantes de Aparatos Domésticos, A.C.
- Brother International de México, S.A. de C.V.
- Canon Mexicana, S. de R.L. de C.V.
- Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, A.C.
- Daewoo Electronics Corporation de México, S.A. de C.V.
- Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica
- Laboratorio ATC México, S.A. de C.V.
- Labotec México, S.C.
- LG Electronics México, S.A. de C.V.
- Normalización y Certificación Electrónica, S.C.
- Mabe, S.A. de C.V.
- Panasonic de México, S.A. de C.V.
- Samsung Electronics México, S.A. de C.V.
- Sony de México, S.A. de C.V.
- Whirlpool México, S.A. de C.V.
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EN TOTAL
¿OBJETIVO?
Establece
los límites máximos de potencia eléctrica de los equipos y aparatos que
demandan energía en espera. También te dice que tipo de información debe de
llevar la etiqueta, lo que se busca es el uso eficiente y el ahorro de energía.
¿CAMPO DE APLICACIÓN?
Aplica
en los siguientes aparatos: adaptadores de televisión digital,
decodificadores con recepción de señales de televisión vía cable, satélite
o Protocolo de Internet (PI), equipos para la reproducción de imágenes
como impresoras, escáneres, copiadoras y multifuncionales, hornos de
microondas, equipos para la reproducción de audio, para una o más funciones de
sonido, equipos para la reproducción de video o cine en casa en formato de
Disco Versátil Digital (DVD) o Disco Digital de Alta Definición (Blu-Ray Disc)
y televisores con pantalla de Diodos Emisores de Luz (LED), Cristal Líquido
(LCD), Panel de Plasma (PDP) y Diodos Emisores de Luz Orgánicos (OLED)
ETIQUETADO
SI
CUMPLEN deben llevar una etiqueta que proporcione
información relacionada con su potencia eléctrica en modo de espera.
La etiqueta debe ir impresa, adherida o colocada en el empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del empaque, hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final.
La etiqueta debe ir impresa, adherida o colocada en el empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del empaque, hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final.
¿QUIÉN VIGILA QUE SE
CUMPLA ESTO?
La
Secretaría de Energía, a través de la Comisión Nacional para Uso Eficiente de
la Energía y la Procuraduría Federal del Consumidor
¿QUE PRODUCTOS LO
TIENEN QUE LLEVAR?
Todo
producto comprendido en el campo de aplicación de la NOM que sea fabricado,
importado, comercializado o distribuido para el mercado nacional.
Si quieres ahorrar
mejor desconecta tus aparatos o fíjate en la etiqueta que diga que son de
eficiencia energética y cumplan con la NOM-032-ENER-2013